Así quedan las 7 reglas básicas de la normativa aprobada por la FAA

FAA

Antes de continuar, comentarte que la FAA o Federal Aviation Administration, es la organización encargada de la regulación para el uso de drones en Estados Unidos por lo que sus normativas no tienen por qué aplicarse por ejemplo en España. ¿Por qué hablamos entonces de ella en HWLibre? simple y llanamente debido a que una vez en la FAA han sido aprobadas estas normas, como suele ocurrir y ha ocurrido en muchas ocasiones, finalmente acaban aprobándose en el resto de países con simples variaciones de percepción.

Entrando un poco más en detalle, comentarte que este nuevo marco normativo entrará en vigor a partir de agosto obligando así a cualquier persona que utilice un dron en una actividad comercial a obtener previamente una licencia de uso que será expedida por la FAA tras, como en cualquier otra licencia, superar una serie de pruebas que acrediten que la persona es apta y tiene suficiente manejo como para controlar perfectamente uno de estos dispositivos.

Según ha expedido la propia agencia, gracias a la implantación de esta normativa se espera que se creen más de 100.000 puestos de trabajo en los próximos diez años así como un reporte monetario para el país de unos 82.000 millones de dólares. En cuanto al posible uso de drones autónomos, comentarte que la nueva normativa puede suponer un gran problema para todas esas multinacionales que pretenden utilizarlos, al menos de momento en Estados Unidos.

Como detalle comentarte, antes de dejarte con las reglas establecidas, que estas no son definitivas por lo que la FAA seguirá trabajando en reglas adicionales para expandir el rango de operaciones. Estos son los siete puntos más interesantes de la nueva normativa estadounidense:

  • Los dispositivos volarán siempre a menos de 160 kilómetros por hora y por debajo de los 120 metros de altitud.
  • Los drones comerciales, considerados como aeronaves por la FAA, deberán pesar menos de 25 kilogramos.
  • Cada persona no podrá volar más de un dron de forma simultánea.
  • No se podrán volar drones sobre persona a menos que sean partícipes en al operación de vuelo. En ese caso podrán volar siempre que se sitúe dentro de un coche estacionado o bajo una estructura cubierta.
  • Siempre deberán volar en línea de visión del operador y no se podrá usar ningún aparato para extender la línea de visión. Además, solo se podrá volar con luz del día y al amanecer.
  • Los pilotos deberán tener documentación válida de su dron para posibles inspecciones de la FAA cuando esta lo vea oportuno.
  • Los drones podrán operar en espacio aéreo restringido (clases B, C, D y E) habiendo recibido permiso de las autoridades que regulen el tráfico aéreo.

Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: Miguel Ángel Gatón
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.